
La corrupción afecta los derechos de las personas, agravia a la Justicia, daña la moral de la sociedad e impide su desarrollo y bienestar. Sin duda, es el más grave flagelo que asola al país y Piura no es ajena a tan lamentable realidad y grave también es la poca o nula disposición de la actual gestión regional para combatirla.
No de otra forma se entiende el desencuentro entre el gobernador y su Consejo Regional para designar al Secretario Regional Anticorrupción, instancia que depende orgánicamente del primero y funcionalmente del segundo y cuya tarea es investigar posibles actos de corrupción como también generar una cultura de prevención y erradicación de estas prácticas.
Pareciera que el propósito de ambas instancias de gobierno fuera la permanencia de tan irregular situación pues el gobernador no atiende ni aprueba las varias propuestas hechas por el Consejo Regional, prefiriendo en ese puesto a alguien de su confianza con lo cual, castra la independencia de este órgano y lo somete a su evidente interés de evitar se le investigue a él y a sus funcionarios.
El Consejo Regional pareciera gustar de esta aparente discrepancia que calzaría con algunos afanes de que no se investiguen los varios actos de corrupción cometidos en el gobierno regional, pues siendo que al gobernador no le da la gana aprobar a quien el consejo regional propone como Secretario Técnico Anticorrupción, omite ejercer su atribución de modificar el Art. 38° del Reglamento de Organización y Funciones, de modo que la designación mediante resolución de este funcionario, aun siendo función del gobernador, deje de ser un acto administrativo sujeto a su voluntad y deliberación y se convierta en obligatorio para éste, en tanto que lo ordena un órgano de superior jerarquía y cuyas principales funciones son normar y fiscalizar al gobernador y a sus funcionarios.
El Consejo Regional no sólo debe modificar la norma para evitar un entrampamiento que solo favorece a la corrupción, sino también optar porque el propuesto, además de trayectoria intachable, provenga de afuera del gobierno regional y que su especialidad profesional no necesariamente sea la de abogado, pues no existe norma que lo impida. Después de todo, la lucha contra la corrupción es un asunto que concierne a la sociedad en su conjunto y no solo a los abogados.
Publicada en Diario EL TIEMPO el 03/01/2020